Todas
las conquistas que en la historia del derecho pueden registrarse: la abolición
de la esclavitud, de la servidumbre, la libre disposición de la propiedad
territorial, la libertad de la industria, la libertad de conciencia, no han
sido alcanzadas sino después de una lucha de las más vivas que con frecuencia
han durado siglos. No pocas veces, el camino que el derecho deja a su paso ha
quedado marcado por torrentes de sangre, y en él encontraremos por doquier derechos
que fueron pisoteados.
Por
su parte, la magia de la libertad sindical nació en las entrañas vivas del
acontecer social y no del gabinete aséptico y formal del jurista. Se ganó por
el pueblo en las calles de la Revolución
Industrial, y se tiene que seguir ganando día a día frente a la represión en
los campos y ciudades del subdesarrollo y en los suburbios fabriles de las
sociedades desarrolladas. En la calle se conquistó el derecho de huelga, que
hizo del delito de coalición y huelga del código penal francés un prestigioso
derecho del hombre de nuestras constituciones de hoy.
El
desenvolvimiento de la huelga dinámico engendró, para el mundo jurídico, un
nuevo sujeto de derecho: el sindicato; una nueva figura del consenso: el
convenio colectivo, y un nuevo medio de lucha que se consagro juridicamente: el
derecho de huelga.
A
veces, con los vientos flexibilizadores y desreguladores del nuevo tiempo, se
pretende ignorar esas raíces de la cuestión social, de la lucha obrera, de la
huelga.
El
derecho considerado en su desenvolvimiento histórico nos presenta, pues, la
imagen de la búsqueda, del forcejeo y de la lucha; en una palabra, de los más
penosos esfuerzos
Si
el sentimiento jurídico de los individuos está embotado, si es cobarde y
apático en el ámbito del derecho privado; si las trabas que las leyes injustas
o las malas instituciones le ponen en el camino no le permiten moverse y
desenvolverse libremente con toda su fuerza; si es perseguido cuando debiera
ser protegido y estimulado; si se acostumbra a tolerar la injusticia, a
considerarla como un estado de cosas que no es posible cambiar, ¿quién podría
creer que un hombre cuyo sentimiento jurídico se encuentra así de humillado,
atrofiado y apagado vaya a despertar repentinamente, sintiendo con pasión y
reaccionando con energía ante una vulneración del derecho que no afecta sólo al
individuo, sino a todo el pueblo, como en el caso de un atentado contra su libertad
política, de ruptura o derrocamiento de su Constitución?.
Aquella persona que nunca ha sido acostumbrada
a defender su derecho con arrojo, ¿cómo va a sentir el impulso voluntario de
consagrar su vida y su patrimonio a la colectividad? ¿Qué cabe esperar del
hombre que, renunciando a su derecho por mera comodidad, no ha llegado a
comprender el daño moral que se produce cuando sufren su persona o su honor? A
ese hombre que no ha conocido en el derecho otra medida que la de su interés
material, ¿cómo puede pedírsele que tenga otro modo de juzgar cuando se trata
del derecho y del honor de la Nación? ¿De dónde habría de emanar repentinamente
ese idealismo de la convicción42 que hasta el momento ha sido negado? ¡No, eso
no puede ser!.
A
un pueblo cuyos integrantes tienen por costumbre defender valerosamente sus
derechos, hasta en los más pequeños detalles, nadie osará arrancarle el bien
que le es más precioso.
Más
vale ser un perro, que un hombre pisoteado. El que nos niega la protección de
las leyes, nos destierra entre los salvajes
del desierto y pone en nuestras manos la maza con la que habremos de
defendernos. Todos los despotismos han comenzado con intromisiones en el
derecho privado, desconociendo y atropellando el derecho del individuo. Toda
disposición arbitraria o injusta, emanada del poder público o mantenida por
éste, es un atentado contra el sentimiento jurídico nacional y, por ende,
contra la misma fuerza nacional.
Lucha
por el derecho, lucha por tus derechos, tu deber es luchar por el derecho: pero
el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la
justicia.
(Para
este trabajo ser realizaron citas textuales de la obra “La lucha por el derecho”
de Rudolf von Ihering, de la obra “Los mandamientos del Abogado” de Eduardo J
Coutore y de la obra “Trabajo Derecho y Sociedad” Tomo 2 de Helios Sarthou)
Salud compañero!!
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