viernes, 25 de agosto de 2023

Peligro de muerte: ser trabajador rural.

 

Durante el año 2022 la Organización Internacional del Trabajo ha declarado como un derecho fundamental en el trabajo, el derecho a un entorno de trabajo “seguro y saludable”. En pocas palabras, esto se traduce en el derecho de todo trabajador a no morir, ni enfermar, ni lastimarse trabajando, entre otros derechos que encierra este amplio concepto. La norma internacional compromete a todos los estados miembros de dicho organismo (OIT), a respetar el principio a un entorno de trabajo seguro y saludable. La norma oitiana, obligatoria para nuestro país, es clara: “Declara que todos los Miembros, aun cuando no hayan ratificado los convenios aludidos, tienen un compromiso que se deriva de su mera pertenencia a la Organización de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe y de conformidad con la Constitución, los principios relativos a los derechos fundamentales que son objeto de esos convenios”.

Estos caros principios internacionales del trabajo, no parecen aplicarse a los trabajadores rurales, quienes permanentemente mueren o se lastiman o se incapacitan trabajando; en uno de los sectores más prósperos y pujantes del país. El sector rural, insignia de nuestro país; donde se producen las mayores riquezas del país, es también un espacio de muerte para los trabajadores. En treinta y tres meses se han producido veintitrés incidentes que han terminado con la vida o han lesionados trabajadores rurales. Solo a modo de recordación, de reflexión; esos veintitrés casos tienen nombre y apellido. Son personas que han encontrado en el trabajo rural un espacio de máxima vulneración.

Caso 1:

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3 NOVIEMBRE 2020

SAUCE, APLASTADO POR TRACTOR, 25 AÑOS.

Caso 2:

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12 ENERO 2021

RUTA 7 CHUY, CERCA DE MELO

FALLECIDO POR DESCARGA DE RAYO

Jorge Alexander Machado Machado 41 años

Caso 3:

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30 MARZO 2021

GUAYABO, PAYSANDÚ

ATRAPADO POR TRILLADORA

 José Luis Escobar Porto 67 AÑOS

Caso 4:

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20 ABRIL 2021

CHAMIZO, FLORIDA

AMPUTACIÓN DE PIE IZQ. OPERANDO TRACTOR CON TOLVA.

Caso 5:

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21 ABRIL 2021

ARROYO CHUY, ROCHA

AHOGADO RESCATANDO VACAS DE CRECIENTE

OSVALDO MAYER 65 AÑOS

Casos 6 y 7:

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6 DE MAYO 2022

CEBOLLATÍ, ROCHA

2 ALAMBRADORES MUEREN EN INCENDIO DURMIENDO

22 y 31 años

Caso 8:

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29 JUNIO 2022

SANTA LUCÍA, CANELONES - RUTA 11 KM. 90

NIÑO 13 AÑOS ELECTROCUTADO PASTOREANDO VACUNOS

Caso 9:

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26 AGOSTO 2022

CERRO CHATO, TREINTA Y TRES

MONTEADORES EN CARPA

FALLECIDO POR RAYO (30 AÑOS) Y UN HERIDO (25 AÑOS)

Caso 10:

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21 DE NOVIEMBRE DE 2022

Arroyo Sauzal, RIVERA

MENOR 13 AÑOS GRAVE ELECTROCUCIÓN PASTOREANDO VACUNOS

 

Caso 11:

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22 NOVIEMBRE 2022

YOUNG-RÍO NEGRO

ARRASTRADO POR CABALLO CON FALLECIMIENTO

38 AÑOS

Casos 12 y 13

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31 MARZO 2023

DOS FALLECIDOS:

1) RUTA 7 SAN JACINTO, CANELONES

CORTADORA DE FARDOS AMPUTACIÓN DE BRAZO CON FALLECIMIENTO

37 AÑOS

2) - CUCHILLA DE MANGRULLO, CERRO LARGO

ARROCERA FALLECIDO APLASTADO POR TRACTOR AL CAER AL PISO ENLONANDO.

Luis González Redelico, 57 años

 

Caso 14:

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3 DE ABRIL 2023

LA ZULMA, TACUAREMBÓ

FALLECIMIENTOS POR PICADURAS DE ABEJAS

74 Y 24 AÑOS

(el hijo fallece en CTI varios días después por rabdomiolisis)

Casos 15 y 16

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JUEVES 13 DE ABRIL 2023

DURAZNO

ESTANCIAS DEL LAGO MEGATAMBO BULGHERONI

2 MUERTOS ABSORBIDOS POR BIODIGESTOR

Alejo Silva 23 años

Franco Malladote 23 años

Caso 17:

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24 DE ABRIL 2023

ARROYO SAUZAL, RIVERA

TRABAJADOR FORESTAL APLASTADO POR ÁRBOL

Casos 18 y 19

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6 DE MAYO 2022

LAS CHILCAS, CEBOLLATÍ, ROCHA

2 ALAMBRADORES MUEREN EN INCENDIO DURMIENDO

22 y 31 años

Caso 20

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23 DE MAYO 2023

CEBOLLATÍ, ROCHA

TRABAJADOR ARROZ ACCIDENTADO AL BUSCAR A OTRO COMPAÑERO. ACCIDENTADO

47 AÑOS

Casos 21 y 22:

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24 Y 27 DE JUNIO 2023

BELLA UNIÓN ARTIGAS

DOS CAÑEROS CORTADORES  PADECIERON ACV E INFARTO

Caso 23:

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16 AGOSTO 2023

SAN GABRIEL, FLORIDA RUTA 56

MUERTO POR RAYO RECORRIENDO A CABALLO

ALERTA VIGENTE

JUAN MATÍAS TORRES FURTADO, 33 AÑOS

(Oriundo de Picada de Quirino, Tacuarembó)

El estado uruguayo y loe empleadores, son responsables de garantizar la vida y la salud de los trabajadores.

Para el estado uruguayo, los camioneros son una mercancía más.

 


El transporte carga nacional en el Uruguay vive un momento de abandono y desamparo por parte el Estado, también por parte de los empleadores. Un marco normativo que no se cumple. Un incumplimiento que es confeso por parte de los empresarios del sector, deja al trabajador desamparado. Nadie sanciona a los incumplidores.

Trabajadores que manejan más de doce horas al día. Salarios sumergidos, que  no tienen en cuenta la profesionalidad del conductor. Condiciones de trabajo precarias, si tenemos en cuenta que el sistema no cuenta con espacios públicos de descanso ni de aseo para estos trabajadores.  Los camioneros de Uruguay, no solamente son trabajadores, con derecho a un trabajo digno; también son seres humanos que merecen la protección como tales, esto parece no importarle a nadie. No le importa al estado uruguayo, mucho menos a quienes se aprovechan del trabajo de los camioneros. Los choferes, están a la buena de dios, trabajando en condiciones de extrema precariedad, quienes transitan por las rutas nacionales deben ser conscientes de esto. Todos deben saber que en tiempos en los que se habla de reducir la jornada de trabajo, los camioneros no tienen siquiera derecho a trabajar ocho horas.

El día jueves 24 de agosto los camioneros del transporte de carga nacional se reunieron con  en las inmediaciones de Fray Bentos con el fin de reivindicar por condiciones de trabajo, por limitación de la jornada y por un salario mínimo suficiente. El sector de transporte de carga nacional jamás vio afectada su actividad, siquiera por la pandemia de COVID 19, sin embargo su salario también cayó.

Adjuntamos a esta pequeña presentación, una nota realizada al camionero Ricardo Aloy, secretario general del Sindicato Único de Transporte de Carga y Ramas Afines (SUTCRA/PIT-CNT) donde el lector podrá ilustrarse más en extenso sobre el tema:

https://www.agesor.com.uy/movil/noticia.php?id=66165

miércoles, 16 de agosto de 2023

Nuevos salarios para el Transporte Nacional de Carga (Grupo 13 subgrupo 07)


 

ACTA DE CONSEJO DE SALARIOS: En la ciudad de Montevideo, el día 16 de agosto de agosto de  2023 reunido el Consejo de Salarios del Grupo 13, “Transporte y Almacenamiento” sub-grupo 07 “Transporte Terrestre de Carga Nacional. Todo tipo de Transporte de carga para terceros exceptuando los mencionados en otros grupos. Servicios de auto elevadores, grúas y equipos de movilización de carga con chofer y operador”  integrado por POR EL PODER EJECUTIVO: Las Dras. María Noel Llugain y  Cecilia Siqueira y el Lic. Bolivar Moreira POR EL SECTOR TRABAJADOR: Los Sres. Ricardo Aloy y Juan Dorado. POR EL SECTOR EMPRESARIAL: La Sra. Victoria Marquez y el Dr. Cyro Pereira.-----------------

Y SE DEJA CONSTANCIA QUE:

PRIMERO: Se procede a fijar el porcentaje de correctivo final aplicable a partir del 1ero de julio de 2023, y sin perjuicio de lo que resulte de la nueva ronda de Consejo de Salarios,  en aplicación de  lo establecido en el decreto del 30 de diciembre de 2021, artículo 3 “Correctivo final aplicable a los ajustes de micro empresas así como también a las pequeñas, medianas y grandes empresas”. --------------------------------------

AUMENTO DE SALARIO PARA:

III) MICRO EMPRESAS.  Que corresponde aplicar a partir del 1ero de julio de 2023 un 4,46 % por concepto de correctivo, sobre los salarios nominales vigentes al 30 de junio de 2023 y sin perjuicio de lo que resulte de la nueva ronda de negociación de Consejo de Salarios. ------

AUMENTO DE SALARIO PARA:

IV) PEQUEÑAS, MEDIANAS Y GRANDES. Que corresponde aplicar, a partir del 1ero de julio de 2023 un 4,46 % por concepto de correctivo, sobre los salarios nominales vigentes al  30 de junio de 2023, sin perjuicio de lo que resulte de la nueva Ronda de Negociación de Consejo de Salarios. -----------------------------------------------

Mínimo de masa salarial para micro empresas. Mínimo de masa salarial: a) Se establece para los trabajadores de las categorías chófer de semirremolque (A3) chófer de autoelevador (motorista) (A4) y chófer de semirremolque (combustible) (A6) con un mínimo de 100 jornales de antigüedad en la empresa, un monto mínimo de masa salarial mensual que estará compuesta por todas las prestaciones excluyendo los viáticos de almuerzo, cena, pernocte o especiales, que no será menor al monto equivalente al de veintiséis jornales mínimos de la categoría respectiva, multiplicado por el coeficiente 1.10 el cual se establece al 1° de julio  de 2023 en $ 43357,50--------------------------------------------

b) Se establece para los trabajadores de las categorías A2, A5, B1 y B2 con un mínimo de 100 jornales de antigüedad en la empresa, un monto mínimo de masa salarial mensual que estará compuesto por todas las prestaciones excluyendo los viáticos de almuerzo, cena o pernocte que no será menor al equivalente al de veintiseis jornales mínimos de la categoría respectiva multiplicado por el coeficiente 1.10 el cual se establece:

Al 1 de julio de 2023:

A2 y A 5: $ 39264,84

B 1: $ 44434,51

B2: $ 42065,08

Mínimo de masa salarial para pequeñas, medianas y grandes empresas: Mínimo de masa salarial: a) Se establece para los trabajadores de las categorías chófer de semirremolque (A3) chófer de autoelevador (motorista) (A4) y chófer de semirremolque (combustible) (A6) con un mínimo de 100 jornales de antigüedad en la empresa, un monto mínimo de masa salarial mensual que estará compuesta por todas las prestaciones excluyendo los viáticos de almuerzo, cena, pernocte o especiales, que no será menor al monto equivalente al de veintiseis jornales mínimos de la categoría respectiva, multiplicado por el coeficiente 1.10 el cual se establece al 1° de julio de 2023 en $ 43.634,44-------------------------------------

b) Se establece para los trabajadores de las categorías A2, A5, B1 y B2 con un mínimo de 100 jornales de antigüedad en la empresa, un monto mínimo de masa salarial mensual que estará compuesto por todas las prestaciones excluyendo los viáticos de almuerzo, cena o pernocte que no será menor al equivalente al de veintiseis jornales mínimos de la categoría respectiva multiplicado por el coeficiente 1.10 el cual se establece: ----------------------------------------------

Al 1 de julio de 2023:

A2 y A 5: $ 39511,02

B 1: $ 44711,46

B2: $ 42311,26

VIÁTICOS GENERALES: -------------------------------------

i) A partir del 1º de julio de 2023 se establece  -para las categorías chófer camión o camioneta (A2), chófer de semirremolque (A3), chófer de autoelevador (A4),  chófer de camión común  (Combustible) (A5), chófer de semirremolque combustible (A6), chófer de semirremolque (B1) y  chófer camión o camioneta ( B2) los siguientes viáticos:---------------- -------------------------------

a) Un viático único de corta distancia (cuando el chófer realiza viajes con destino hasta 60 Km. desde el domicilio de la empresa), por cada día trabajado, de $  223,03 (doscientos diecinueve con ochenta y tres). Para percibir este viático el chófer deberá cumplir el mínimo de ocho horas de trabajo ese día. -----------------------

b) Un viático de larga distancia (cuando el chófer realiza viajes con destinos superiores a 60 Km. desde el domicilio de la empresa), de $ 345,5 (trescientos cuarenta y cinco con cincuenta) por cada comida (almuerzo o cena). Cuando el chófer estuviere desempeñando sus tareas en  los horarios de 11.30 a 13.30 hs generara el viático almuerzo, y / o cuando el chófer estuviere desempeñando sus tareas en el horario de 21 a 23 hs. generara el viático cena.--------------------------------

Si el chófer no estuviera desempeñando sus tareas en esos horarios, pese a realizar viajes con destinos superiores a 60 Km. se abonará por todo concepto de viático, un único viático de corta distancia, de $ 223,03, según lo indicado en el literal a) anterior, salvo que se plantee lo previsto en el literal b).  --------------------------

Cuando se perciba alguno de los viáticos de larga distancia, no se percibirá el viático único de corta distancia.-----------------------------------------------

c) Para los chóferes, cuya jornada laboral comenzare antes de las 10 horas y se extendiera más allá de las 22 horas, se aplicará el valor de un viático de larga distancia de $  345,5  en lugar del valor del viático único de corta distancia de $  223,03. El pago de este viático no se genera si se generare un viático almuerzo y/o cena de acuerdo a lo previsto en el punto b) de esta cláusula. -----------------------------------------------

d) Se mantiene vigente, se redondea y ajusta por el IPC el viático de pernocte quedando fijado en $ 345,5.-------

e) Para la Rama B se fijan los mismos valores precedentes excepto para los viajes a las ciudades de Colonia y Punta del este, en que se incrementarán estos viáticos de almuerzo o cena en 35%. ---------------------------------

NOTA: El presente se trata de un extracto del acta del Consejo de Salarios firmada el día 16 de agosto de 2023 por parte de los delegados respectivos. El texto completo del acta lo pueden encontrar de la página del Ministerio de Trabajo: https://www.gub.uy/ministerio-trabajo-seguridad-social/tematica/7-transporte-terrestre-carga-nacional-todo-t.

Otra cosa importante es que estos aumentos responden a ajustes finales de la novena ronda, todo esto sin perjuicio del aumento que vendrá producto de la decima ronda de Consejo de Salarios que se está desarrollando.

Se adjunta al presente tabla de salarios mínimos vigentes a partir del 1 de julio.

 


 

 

domingo, 13 de agosto de 2023

Otras lecciones que nos dejo la dictadura

 

Hace poco escuché en un programa de radio una charla entre politólogos respondiendo la pregunta sobre qué enseñanzas había dejado la dictadura al pueblo uruguayo. Creo que sus consideraciones calzan bien con el sentido común: la lección ha sido la de valorar, como nunca hasta ahora, los beneficios de la democracia. Expondré muy brevemente aquí una perspectiva bien diferente cuya intención sea, tal vez en el fondo, similar a la de los entrevistados de afirmar la democracia, pero -a contrario sensu- aportando una perspectiva de futuro sobre el término (sobre expectativas democráticas), que obliga a diferir sustancialmente con la escuchada, esencialmente anclada en el pasado (sobre la negación de la democracia en 1973).

En primer lugar, lo que dejaron las dictaduras en nuestro continente es una lección global sobre quiénes ejercen el verdadero poder sobre los pueblos. Y por cierto que no son los gobernantes de turno de los estados, sino los intereses económicos imperiales destinados -sobre todo en el hemisferio sur- a usurpar materias primas, trabajo barato y naturaleza primaria para ser depredada y mercantilizada. Vía imperio americano, escuela de Panamá para ejércitos mercenarios, instrucción en reclusión, torturas y desaparición de personas, se aniquilaron -aquí y en tantos otros países- los proyectos de emancipación que, justamente, cuestionaban esos poderes.

Al término de la dictadura, en Uruguay, tenemos derechas “inocentes” que, con la inmensa ayuda de los grandes medios de comunicación, han sabido ocultar su pasado cómplice de haber aportado el lado “cívico” (y nada despreciable) del régimen, primero, desde el Parlamento, con la aprobación de “medidas prontas de seguridad”, el “estado de guerra interno” y tantas otras disposiciones antidemocráticas, y luego, desde los poderes locales y el Consejo de Estado, asumiendo funciones represivas y administrativas (todo ello protagonizado por blancos y colorados).

Al término de la dictadura tenemos, también, un progresismo cada vez más alejado de la reivindicación de aquellas luchas, sobre todo llevadas adelante por los movimientos obrero y estudiantil, pero estrechamente vinculadas al frenteamplismo naciente en 1971 (pienso en sectores como el Partido Comunista, el Partido Socialista, el Movimiento 26 de Marzo y otros). Al término de la dictadura tenemos, sin embargo, un promisorio avance en la agenda de derechos en aspectos relativos al ambientalismo, la raza o el género, cuestiones en las que antes las izquierdas no solían enfatizar (aunque sí formaran parte de sus preocupaciones, por ejemplo, la necesidad de una superación de “la hipocresía moral burguesa”).

Primera lección: tanta sangre derramada para que el gran capital, crecientemente financiarizado, siga haciendo de nuestro mundo natural, de trabajo o ideológico su principal objeto de dominio cuyo único fin es la obtención de más valor. Continúa su antigua labor, tan impunemente como antes, pero aportando nuevas evidencias de su enorme y desmedido alcance totalitario (nada democrático) provocando depredación ambiental, calentamiento global y epidemias (también administrando vacunas), aumentando la desigualdad, iniciando la identificación individualizada algorítmica sobre las personas, y ejerciendo una influencia decisiva en la gobernanza internacional (finanzas y deuda, patentes, bases militares, etcétera). ¿Dónde está la democracia?

Segunda lección: el poder -el que importa, el mismo de siempre, económico en primer lugar y luego político, básicamente externo a nuestras fronteras pero con unos pocos beneficiarios locales- logró un disciplinamiento tal de la izquierda que casi no puede nombrarlo. (Es curioso, desde el punto de vista de un análisis de los discursos, cómo la expresión los malla oro ha venido sustituyendo la palabra tabú: oligarquía).

Por otro lado, y atendiendo la “agenda de derechos”, la reconocida filósofa norteamericana Nancy Fraser argumenta que un progresismo que aísla estas luchas del anticapitalismo a fin de cuentas le aporta al sistema una pátina de más fácil digestión.1 Aun cuando pensemos que eso pueda ser exagerado y que se ha ido procesando un cambio cultural bastante profundo e irreversible (sobre todo a partir del sujeto político feminista), parece razonable pensar que existe aquí una especie de sublimación de fuerzas reprimidas anticapitalistas que han encontrado un camino de más fácil emergencia que aquellos tan duramente bloqueados.

Tercera lección: quienes hoy alaban la democracia tal como ella existe no son tan demócratas, por más que invoquen hasta el cansancio el término, ya que niegan la posibilidad de más democracia. El régimen que vivimos no es una democracia plena, aunque sea mucho mejor que el que sufrimos durante la dictadura (por ejemplo, me habilita a escribir estas líneas). Pero no se hace honor a la democracia adjudicándole un carácter estático, dado de una vez y para siempre (siendo así, la humanidad se hubiera conformado con la democracia esclavista de Atenas). ¿Cómo ignorar que las decisiones verdaderamente importantes se toman en otros lugares y no en los ámbitos de los estados ni a través de un debate democrático?: el trabajo, los excedentes de (nuestro) trabajo, las comunicaciones, la propiedad material e intelectual, la administración de los recursos naturales… Parecería que hemos llegado a la imbecilidad aristotélica2 pero por una vía imposible de ser imaginada por el estagirita: los asuntos más importantes de la polis son aquellos que la política no puede tratar.

Finalmente (y esta sería una última y tardía enseñanza que nos ha dejado la posdictadura): el carácter hegemónico del capital y la incidencia real que tiene en la conformación de los asuntos políticos de cada estado sólo habilitaría una contrahegemonía también global, es decir, la necesidad de una nueva Internacional socialista anticapitalista. Un camino largo para recorrer, sin dudas, pero no por eso más difícil que el emprendido por los primeros (y verdaderos) socialistas.

Ustedes podrán decir que estas conclusiones son propias de alguien que está fuera de la realidad. Algo absolutamente cierto desde un análisis de sistemas: sólo desde los bordes y desde cierta exclusión es posible analizar un sistema, ya sea numérico, alfabético, discursivo o capitalista.


1. Nancy Fraser, Capitalismo caníbal, Siglo XXI, 2022, Buenos Aires. 

2. Aristóteles argumenta que la esencialidad humana es política y califica de imbecilidad la despreocupación por los temas comunes a la polis. 

Extraído de La Diaria. Publicado el 8 de agosto de 2023. Autor: Jose Staganaro. Titulo original: “A medio siglo, (otras y muy distintas) lecciones que nos dejó la dictadura”. José Stagnaro es maestro de Primaria, magíster en Ciencias Humanas y docente en Formación Docente.

¿ Para que sirven las huelgas?

 

Difícil encontrar una expresión de empleo corriente que convoque a opiniones tan contrarias y a la que se atribuya significados tan distintos como pasa con la palabra huelga.

Para unos, se trata de un derecho conquistado tras luchas sociales y políticas dirigidas a asegurar condiciones laborales dignas que permitieron reconocer al “factor” trabajo frente al interés predominante del beneficio empresarial y el vaivén del mercado. Para otros, en cambio, la huelga es una especie de patología o disfunción social que atenta contra la producción, la población, la estabilidad y el interés de la nación. Hay también quienes se sitúan en un plano ideológico pretendidamente más refinado, y postulan que las huelgas son una rémora obsoleta de contradicciones ya superadas entre trabajadores y empleadores disueltas por el wind of change de fines de los 80 del siglo pasado. La palabra huelga es conflictiva, tanto o más que el conflicto que designa.

 

En los discursos oficiales de estos días aparecen algunas aristas de esta controversia. Su recurso retórico es conocido: ante cualquier huelga se comienza por admitir el derecho que asiste a los trabajadores, pero a renglón seguido se dice que la medida es inadecuada o excesiva o que cuestiona la autoridad o que tiene carácter político. O todo a la vez.

En definitiva, se trataría de un derecho fundamental de las personas, cuya efectividad está constitucionalmente asegurada (artículo 57), pero que, vaya cosa, se ejerce siempre de mala manera.

El argumento de autoridad

Una de las objeciones sobre la que han insistido recientemente autoridades de la enseñanza y jerarcas ministeriales es que la huelga no puede cuestionar la autoridad del empleador, en tanto la ciudadanía les habría encargado la potestad de gestionar todo.

 

La molestia no es nueva. Esa misma inquietud de los jerarcas del gobierno y de muchos empleadores del ámbito privado por sentir cuestionada su autoridad por las huelgas no debe ser muy distinta a la que padeció el faraón Ramses III en el año 1155 a. C. cuando un grupo de artesanos se negó a continuar trabajando en el Valle de los Reyes en reclamo de mejores condiciones de vida y trabajo, según se relata en un papiro de la época conservado en el museo egipcio de Turín.

Hay al menos dos razones sustantivas para oponer a este punto de vista secular. En primer lugar, hay que entrever que toda huelga se hace en rechazo a una decisión adoptada por quien detenta una posición de poder, casi siempre el empleador directo. Esto inevitablemente implica un grado variable de desconocimiento, no de la autoridad en general, pero sí de la legitimidad de cierta medida, como puede suceder en el caso de una reestructura con pérdida de empleos, afectaciones de la profesionalidad, sanciones que se perciben como injustas, incumplimiento de condiciones de salud y seguridad, cuestiones salariales, etcétera.

La huelga no se hace para agradar al empleador, sino para manifestar y hacer valer el reconocimiento de la parte laboral y su interés propio y distinto. Sostener que las huelgas nunca deben cuestionar la autoridad no es un buen punto de partida para establecer un diálogo entre iguales.

Esto nos lleva a una segunda razón: si la posición oficial sostiene que las huelgas no deben cuestionar la autoridad, es porque se concibe que en el ámbito de la empresa o de la institución hay una rígida división entre quienes mandan y quienes obedecen. Los primeros estarían amparados en su hacer por el dogma de la infalibilidad. Una cosmovisión de ese tipo es obsoleta de verdad. Supone el absolutismo del poder y que la racionalidad está sólo de un lado.

 

Aunada con este tipo de enfoques, se aduce que la huelga es excesiva por el perjuicio que ocasiona. Así como no hay modo de hacer una huelga que no sea para resistir decisiones u omisiones de un empleador, tampoco hay modo de hacer una huelga que no provoque molestias. Es más: para eso es que se hacen, y el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo dice con total claridad cuando en sus dictámenes indica que “las huelgas, por naturaleza, ocasionan perturbaciones y costos” (Recopilación de Decisiones, párrafo 755).1 Si pudiera medirse, uno podría decir que cuantos más discursos contrarios desata una huelga, más efectiva resulta.

La huelga no se hace para agradar al empleador, sino para manifestar y hacer valer el reconocimiento de la parte laboral y su interés propio y distinto.

Con esto no quiere significarse que el debate sobre el tipo de movilización esté clausurado y que todas las medidas sean pertinentes y que la huelga no tenga límites. El problema está en que un discurso oficial tan previsible y monocorde genera sospecha de estar flechado, poniendo obstáculos para la salida de los conflictos.

Los sindicatos y la política

Además del argumento de autoridad, las huelgas son también descalificadas por adjudicárseles un objetivo meramente político. Así, un reclamo sindical contra una norma presupuestal, una propuesta educativa o una reforma de la seguridad social se considera como una intrusión en política. El movimiento sindical debería, en esos temas vitales, mirar para el costado.

La OIT ha expresado de manera reiterada que “los intereses profesionales y económicos que los trabajadores defienden mediante el derecho de huelga abarcan no sólo la obtención de mejores condiciones de trabajo o las reivindicaciones colectivas de orden profesional, sino que engloban también la búsqueda de soluciones a las cuestiones de política económica y social y a los problemas que se plantean en la empresa y que interesan directamente a los trabajadores” (Recopilación de Decisiones, párrafo 758). La cita es pródiga en diversificar el abanico de intereses que pueden ser defendidos por los trabajadores y sus organizaciones, por lo cual obtura, a nuestro juicio, toda posibilidad de restringir la finalidad de la huelga a la inmediatez del salario y el empleo. La democracia tiene una dimensión económica y social que demanda que las organizaciones intermedias puedan reflejar el pluralismo de opiniones e intereses existentes, sin estrechar el horizonte de sus expectativas.

Un último rebote de esta restricción han sido las medidas disciplinarias impuestas a trabajadores de la enseñanza pública que manifestaron su rechazo a un proyecto de reforma constitucional, caso respecto del cual recientemente la OIT ha expresado su preocupación a efectos de que las sanciones “no tengan hacia el futuro un efecto disuasorio sobre la acción de las organizaciones sindicales en situaciones que involucren la defensa de los intereses de sus afiliados” (Informe del Comité de Libertad Sindical en el caso 3420, párrafo 644).

La discusión planteada en el Parlamento acerca de si el dictamen es obligatorio o no desplazó lo realmente importante, que es el pedido de la OIT al gobierno nacional de que “asegure la existencia de un equilibrio razonable entre la obligación de neutralidad política de los docentes públicos en el ámbito educativo establecida por la Constitución del Uruguay y el derecho de las organizaciones de docentes a expresar sus opiniones sobre cuestiones económicas y sociales que puedan afectar a sus miembros y a poder difundir las mismas en el lugar de trabajo, teniendo en cuenta la necesidad de no menoscabar la educación de los niños y que tome las eventuales acciones necesarias a ese respecto” (párrafo 653).La recomendación debería conducir a ponerse a resguardo de cualquier rápida calificación de “proselitismo” cuando los sindicatos hacen público un parecer sobre políticas que tienen que ver con su profesionalidad o cuando ejercen su libertad de expresar opiniones sobre asuntos que de algún modo les conciernen.

Tomarse “los derechos en serio”, como se denomina un libro clásico del derecho norteamericano, implica en estos casos entrar en el juego fino del análisis de los derechos ciudadanos de todos y los laborales de los/as trabajadores/as, lo que impone descartar de plano la inmediata tentación de la autoridad de someter los desencuentros a los procedimientos disciplinarios, laberinto del que luego es difícil salir.

Alguien podrá decir que esta nota no es otra cosa que un inventario de obviedades, con un título prestado, en parte, de un relato de Alejo Carpentier. Pero el recurso al “viaje a la semilla”, o sea, la vuelta a las explicaciones más llanas, es preferible a correr el riesgo del olvido o la distracción.

https://www.ilo.org/global/standards/subjects-covered-by-international-labour-standards/freedom-of-association/WCMS_635185/lang--es/index.htm

Extraído de La Diaria del día 9 de agosto de 2023. Titulo original: ¿Para qué se hacen las huelgas? (un viaje a la semilla). Autor: Hugo Barretto Ghione. Hugo Barretto Ghione es profesor titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de la República.