La huelga es ante todo un fenómeno social muy difícil de atrapar en un formato de norma jurídica, es una cuestión íntimamente vinculada con la vida real y un instituto propio y exclusivo de los trabajadores, fruto directo de la cuestión obrera. Todos los fenómenos del último siglo, todas las conquistas y todas las transformaciones han estado vinculadas de uno u otro modo con la huelga. La huelga es también, si dejar de ser un fenómeno social, fuente permanente de producción normativa y por qué no factor fundamental para la aparición del derecho del trabajo. La fuerza de la huelga exalta uno de los más bellos valores de la humanidad, la solidaridad; resumidas en el sentir la circunstancia del otro como propia. Nació y se mantiene como un elemento equilibrador y también como un espacio de libertad.
La libertad sindical, un género que comprende a la huelga, está sometida a un alto nivel de variables que relativiza la pretensión de formular consideraciones en forma abstracta, validas para todo espacio y todo tiempo. Vale más que toda tención hacia lo inmutable o duradero reconocer en el tema una tensión dialéctica, que obliga al oído atento a la cambiante realidad.
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