LAS
NUEVAS FRANJAS DE INGRESOS PARA EL IRPF
Esta
semana el director de la Asesoría Macroeconómica del Ministerio de Economía y
Finanzas, Andrés Masoller, adelantó cuál será el valor de la Base de Prestaciones
y Contribuciones en el 2013, gracias al cual se puede calcular el nuevo mínimo
no imponible del IRPF y las franjas de aportación del impuesto.
En decreto publicado este viernes (y que adjuntamos al final de la nota) se confirmó finalmente que el aumento de la BPC será del 7,48% ($2598), lo que llevará el mínimo no imponible mensual del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a $ 18.185 (siete BPC).
En decreto publicado este viernes (y que adjuntamos al final de la nota) se confirmó finalmente que el aumento de la BPC será del 7,48% ($2598), lo que llevará el mínimo no imponible mensual del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a $ 18.185 (siete BPC).
Con la
BPC se calculan no sólo los topes de aportes al IRPF sino también del IASS
(Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social).
En las
planillas que adjuntamos al final de esta nota se puede determinar cuál será el
IRPF de los trabajadores (con un único empleo) y el cálculo de IASS a los
pasivos. Tan sólo ingresando el sueldo nominal, más algunos datos básicos (como
hijos a cargo o deducciones) la planilla calcula el sueldo líquido a cobrar,
además del aporte al BPS y el Sistema Nacional Integrado de Salud.
Ambas
planillas también comparan el IRPF actual con el primer IRPF (el vigente hasta
el 31/8/2008), y también lo comparan con el viejo IRP, (el Impuesto a las
Retribuciones Personales creado por Luis Alberto Lacalle y que fue eliminado en
junio de 2007 por la reforma tributaria, la misma que entre otras cosas creó el
IRPF).
En el
caso de la planilla de los pasivos también hay una comparación entre el IRPF
que se derogó con el actual IASS.
Ejemplos
Haciendo
una prueba en estas mismas planillas, arroja los siguientes resultados, para el
caso de los trabajadores (con un único empleo):
•
TRABAJADORES SIN HIJOS Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $22.630 NO PAGA ANTICIPO
MENSUAL DE IRPF.
•
TRABAJADORES CON 1 HIJO Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $25.980 NO PAGA ANTICPO
MENSUAL DE IRPF, (LOS HIJOS TIENEN QUE SER MENORES DE 18 AÑOS Y CAPACES)
•
TRABAJADORES CON 2 HIJOS Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $28.062 NO PAGA ANTICIPO
MENSUAL DE IRPF.
•
TRABAJADORES CON 3 HIJOS Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $31.377 NO PAGA ANTICIPO
MENSUAL DE IRPF.
• EN EL CASO DE TRABAJADORES CON 1 HIJO LEGALMENTE RECONOCIDO COMO INCAPAZ DE CUALQUIER EDAD Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $28.062 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRFP.
• EN EL CASO DE TRABAJADORES CON 1 HIJO LEGALMENTE RECONOCIDO COMO INCAPAZ DE CUALQUIER EDAD Y CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $28.062 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRFP.
•
TRABAJADORES CON 2 HIJOS LEGALMENTE RECONOCIDO COMO INCAPAZ DE CUALQUIER EDAD Y
CON UN SUELDO NOMINAL HASTA $34.692 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.
SITUACIONES CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD Y SIN COBERTURA DE SALUD
SITUACIONES CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD Y SIN COBERTURA DE SALUD
•
TRABAJADORES CON 1 HIJO Y CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD, CON UN SUELDO
NOMINAL HASTA $25.980 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.
•
TRABAJADORES CON 2 HIJOS Y CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD, CON UN SUELDO
NOMINAL HASTA $28.740 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.
•
TRABAJADORES CON 3 HIJOS Y CON CÓNYUGE O CONCUBINO SIN ACTIVIDAD, CON UN SUELDO
NOMINAL HASTA $32.136 NO PAGA ANTICIPO MENSUAL DE IRPF.
LOS HIJOS
PUEDEN SER PROPIOS O SOLO DE SU CÓNYUGE O CONCUBINO, ALCANZA CON QUE ESTEN A SU
CARGO. Y EN ESTE CASO, TANTO EL CÓNYUGE O CONCUBINO COMO LOS HIJOS DE ÉSTE,
PASAN A TENER COBERTURA DE SALUD.
EN EL
CASO DE PASIVOS: NO PAGAN IASS LOS PASIVOS QUE TENGAN UNA PASIVIDAD, A PARTIR
DEL AÑO 2013, HASTA $20.788
Monto
mínimo jubilatorio
Tomando
la nueva BPC, ($2.598), también se puede calcular el nuevo monto mínimo
jubilatorio. El mismo es de 2.25 BPC, con lo cual el mínimo jubilatorio a
partir del 1/1/2013 es de $5.846. Es de esperar que para julio haya aumentos
diferenciales para las pasividades más bajas, (hasta 3 BPC), y también en esa
instancia se aumentará el mínimo jubilatorio, que pasará de 2.25 a 2.5 BPC, elevando de
$5.846 a $6.495 estas pasividades.
El mínimo
jubilatorio en el correr del 2013 tendrá entonces un aumento del 19.4%, tomando
en cuenta el del 2012.
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