viernes, 9 de abril de 2021

Feria judicial extraordinaria hasta el 30 de abril inclusive

Acordada Nº 8106
 
En Montevideo, a los ocho días del mes de abril del año dos mil veintiuno, estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia, integrada por los señores Ministros doctores Tabaré Sosa Aguirre, -Presidente-, Elena Martínez Rosso, Bernadette Minvielle Sánchez, Luis Tosi Boeri y John Pérez Brignani, con la asistencia de su Secretario Letrado doctor Gustavo Nicastro Seoane;
DIJO:
I) Que la Acordada Nº 8105 del 25 de marzo de 2021, declaró Feria Judicial Extraordinaria el lapso comprendido entre los días cinco y doce de abril del año en curso.
II) Que las circunstancias que motivaron la referida decisión se mantienen incambiadas y en el día de ayer el Sr. Presidente de la República ha anunciado que se mantienen vigentes las medidas actualmente en vigor hasta el 30 de abril próximo del corriente año.
ATENTO:
A lo dispuesto en el art. 239 num. 2 de la Constitución de la República, art. 55 num. 6 de la Ley Nº 15.750 y Ley Nº 19.879,
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA,
R E S U E L V E:
1º.- Prórrogar el término de vigencia de la Feria Judicial Extraordinaria dispuesta por la Acordada Nº 8105 del 25 de marzo de 2021 hasta el día 30 inclusive del corriente mes de abril de 2021. 
2º.- Comuníquese y publíquese en la página web del Poder Judicial.


 

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