Acordada Nº 8106
En
Montevideo, a los ocho días del mes de abril del año dos mil veintiuno,
estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia, integrada por los
señores Ministros doctores Tabaré Sosa Aguirre, -Presidente-, Elena
Martínez Rosso, Bernadette Minvielle Sánchez, Luis Tosi Boeri y John
Pérez Brignani, con la asistencia de su Secretario Letrado doctor
Gustavo Nicastro Seoane;
DIJO:
I)
Que la Acordada Nº 8105 del 25 de marzo de 2021, declaró Feria Judicial
Extraordinaria el lapso comprendido entre los días cinco y doce de
abril del año en curso.
II) Que las circunstancias
que motivaron la referida decisión se mantienen incambiadas y en el día
de ayer el Sr. Presidente de la República ha anunciado que se mantienen
vigentes las medidas actualmente en vigor hasta el 30 de abril próximo
del corriente año.
ATENTO:
A lo dispuesto en el art. 239 num. 2 de la Constitución de la República, art. 55 num. 6 de la Ley Nº 15.750 y Ley Nº 19.879,
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA,
R E S U E L V E:
1º.-
Prórrogar el término de vigencia de la Feria Judicial Extraordinaria
dispuesta por la Acordada Nº 8105 del 25 de marzo de 2021 hasta el día
30 inclusive del corriente mes de abril de 2021.
2º.- Comuníquese y publíquese en la página web del Poder Judicial.
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