miércoles, 31 de enero de 2018



Es lo mismo, pero no es igual
31 • ene. • 2018 | Escribe: Hugo Barretto Ghione en Nacional
La movilización de productores rurales “autoconvocados”, que en estos días ocupa parte de la atención de los medios de comunicación, los gremios y el gobierno, parece por momentos sumida en cierta acumulación de objetivos o reclamos de distinta índole que conviene discernir. Desde una parte de los sectores involucrados se ha tratado de centrar la cuestión en el discurso sobre la falta de rentabilidad y lo gravoso de la carga impositiva, pero esos postulados que pretenden ordenar y racionalizar la plataforma coexisten con propuestas y puntos de vista que, amplificados por el uso de las redes sociales –esa especie de asamblea virtual de gremialistas–, permiten conocer con más detalle y profundidad las mentalidades y las concepciones de fondo que emergen con llaneza casi naíf.
Aparece así una panoplia de referencias críticas a las políticas sociales que implementa el gobierno dicha de la peor manera –por su tono discriminador a los beneficiarios–, y hasta no ha faltado la explicitación de prejuicios hacia los inmigrantes de origen centroamericano radicados recientemente, que se parecen demasiado a las posiciones formuladas por ciertas corrientes ideológicas europeas ultranacionalistas. Lo caricaturesco de estas expresiones, que mueven más bien a la risa y el olvido, no debe ocultar que su irrupción en la sociedad uruguaya, tan liberal y pluralista como parece, deja desnuda la eventual existencia de resabios del pasado en sectores de la población mayormente apoyados en sus reclamos por los partidos de la oposición.
En estas múltiples derivaciones que presenta la reacción de parte de los productores figura una que merece un comentario con particular detenimiento. Se trata de la propuesta, que en algún momento se hizo valer en las asambleas de productores, de hacer piquetes en la vía pública. A juicio de esos gremialistas, se estaría ante una acción similar a la que efectúan –esporádicamente, porque no son habituales, contra todo lo que parece– las organizaciones sindicales en ocasión de la huelga.
Si bien la ejecución de la medida por los productores no se materializó y al parecer la idea ha perdido entidad –pese a que no queda claro el alcance que tiene la “vigilia” que se anuncia–, no conviene dejar de advertir este acto de verdadera prestidigitación que hace que una medida típica de resistencia y lucha de los asalariados pase a manos de los propietarios o empleadores.
Hay, por parte de quienes sostienen esta posibilidad, una incomprensión básica de la finalidad que se les reconoce a las distintas organizaciones sociales o intermedias y de las reglas que regulan su funcionamiento. En principio, debe concordarse en que es elemental para el sistema democrático contar con la existencia de organizaciones intermedias entre el individuo y el Estado, de modo que por medio de ellas el ciudadano pueda postular y defender los derechos e intereses que tiene como participante de ciertos colectivos no solamente gremiales y sindicales, sino también religiosos, ambientales, regionales, mutuales, etcétera. En el marco de la legalidad, esas organizaciones contribuyen a dotar a la persona de un sentido muy fuerte de pertenencia e identidad con su entorno más inmediato, y, sin recaer en corporativismo alguno, aportan dinamismo y una forma genuina de representación sectorial.
https://ladiaria.com.uy/articulo/2018/1/es-lo-mismo-pero-no-es-igual/#_=_
Una mirada muy lineal podría llevar a sostener que las distintas organizaciones, como pueden ser los productores (palabra que funciona como sinónimo de “empleadores” o “empresarios”) y los sindicatos, cuentan con instrumentos similares para patrocinar y sostener sus aspiraciones. Así, en la superficie, parece lo mismo un piquete aplicado por los productores/ empresarios en una ruta que uno implementado por empleados sindicalizados en la puerta de la planta industrial.
Efectivamente, es “lo mismo” si lo vemos desde el plano de la actividad que desarrollan: los activistas en uno y otro caso ocupan el espacio público e informan en general acerca de sus reivindicaciones, e incluso pueden, como dice el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en relación con las organizaciones de trabajadores, “incitar abierta, pero pacíficamente, a los demás trabajadores a no ocupar sus puestos de trabajo”, aunque sin obstaculizar de ningún modo su ingreso. En este margen, el piquete “no puede ser considerado como acción ilegítima”, dice la OIT.
Hasta aquí el dato objetivo: observado el fenómeno en su facticidad y sin otra consideración, es “lo mismo” una movilización o piquete en tanto lo ejecute un sindicato o una gremial u organización de empleadores autoconvocados.
Pero siendo lo mismo, no es igual
En todos los casos, la OIT ha estimado que el piquete es una modalidad de la huelga, sujeta en consecuencia al marco normativo que corresponda en cada país y en las condiciones que establecen sus pronunciamientos. Pero el organismo no hace referencia alguna a las acciones gremiales que pueden patrocinar las organizaciones de empleadores, como son los productores.
Hay una razón de fondo que explica que no deben recibir el mismo tratamiento una movilización de sindicatos que una de productores/empleadores, como la que se ha planteado en estos días. Para ello debe repararse en la finalidad específica de los sindicatos y del tipo de representación que ejercen: constituyen una asociación de quienes deben comprometer su trabajo a favor de otro para obtener su sustento, y por esa circunstancia ocupan una posición de subordinación en el plano económico que los hace individualmente vulnerables frente a las imposiciones de condiciones de trabajo y medidas disciplinarias que pueda aplicar quien está ubicado en una posición de empleador.
Toda la estructura legal montada “a favor” del trabajador –fijación de salarios mínimos, limitación horaria y, en lo que hace al tema de hoy, libertad sindical y medidas de acción gremial– tiene como fundamento último esa radical diferenciación entre los sujetos que trabajan de manera subordinada y los que revisten como empleadores, acordando a los primeros una especie de “contrapoder” de tipo colectivo de reconocimiento constitucional e internacional como derecho fundamental.
Como contrapartida de esa diferenciación económica, social y, en ocasiones, cultural, el Estado constitucional en todas partes ha reconocido instrumentos de presión –como la huelga en todas sus modalidades, que incluye movilizaciones y piquetes pacíficos– que no pueden ser transpuestos mecánicamente a otros colectivos sociales, como las organizaciones de productores, sean prósperos o estén en crisis. Esos medios de acción gremial propios de los sindicatos no han sido graciosamente obsequiados por el aparato jurídico, sino que debieron ser trabajosamente conquistados en uno de los capítulos más dignificantes de la historia social contemporánea. Son instrumentos de autodefensa laboral en pugna con la mercantilización del trabajo.
El Estado social del siglo XX, a partir de las constituciones de Querétaro (1917) y Weimar (1919), y, en nuestro caso, la Constitución de 1934, quebró la igualdad formal de todos los ciudadanos cuando reconoció ciertos derechos –la libertad sindical, fundamentalmente– a favor de quienes, siendo iguales en el plano civil y político, debían en el orden económico trabajar de manera subordinada y ponerse a la orden y bajo el poder del empleador.
Por ello no tiene nada de transgresor al orden institucional la realización de huelgas y piquetes por trabajadores dentro del marco normativo vigente, y, en cambio, la realización de piquetes por empresarios/ productores debe ser medida con un rasero distinto, mucho más riguroso. No tienen necesidad alguna de compensación, porque el poder económico que ostentan es suficiente y muchas veces exorbitante.
El desconocimiento supino tanto del dato social esencial, como es la posición “subalterna” del trabajador en la producción y en el mercado, como de la especificidad que por esa causa se le reconoce para la protección y la garantía de sus derechos en el constitucionalismo social moderno, provoca la confusión de la que adolecen quienes entienden que los medios de acción gremial deben ser “iguales” para “todos”, sean trabajadores o empleadores.
Ubicados en esta racionalidad, poco importa si concurren a sus asambleas y movilizaciones en 4 x 4, como se ha ironizado. Podrían ir a pie, y nada cambiaría. Pero si vamos a hablar de igualdad con los trabajadores deberíamos empezar por otro lado, que no parece ser el favorito de los autoconvocados.
Sobre el autor
Barreto es profesor titular de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad de la República
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