sábado, 1 de agosto de 2026

Apuntes sobre la huelga en Teledoce (Canal 12)

En el transcurso de la última semana del mes de julio del año 2026, se ha producido en nuestro país una huelga de alto impacto mediático: no solo porque se desarrolló en un medio de comunicación bastante conocido en el país, sino porque puso de manifiesto claramente algunos aspectos que nos interesa destacar. La medida fue aprobada el 27 de julio del 2026 por la Asociación de Empleados de Teledoce (ADET), ante el despido de decenas de trabajadores.

Durante el paro, se vieron menos móviles en la calle, entrevistas extendidas en el informativo central cuando correspondía otra dinámica, conductores de los noticieros que aparecieron en distintos horarios sucesivamente, entrevistas que se realizaron a través de medios a distancia como por ejemplo la plataforma Zoom, personal gerencial desarrollando tareas en la calle (desempeñando varias tareas a la misma vez) y utilización de imágenes provenientes de otros canales. Todo esta demuestra el impacto de la huelga en la organización empresarial, y su impacto en las pantallas del canal referido.

Esto demuestra que es el trabajo humano —y no las máquinas ni el capital por sí solos— quien dinamiza la producción y la valorización de mercancías. Esto demuestra que sin trabajo humano no existe el sistema que actualmente nos gobierna, que no es otro que el capitalismo. Ha quedado claro en esta instancia una vez más que el trabajador y la trabajadora, con su energía vital puesta al servicio del funcionamiento de este sistema, son esenciales para la subsistencia del mismo: el vínculo laboral es imprescindible para la existencia del propio sistema capitalista.

El segundo aspecto que nos importa destacar fue el argumento utilizado por algunos periodistas importantes de la pantalla y los medios de prensa uruguayos, los cuales intentaron escudarse en un modo de contratación distinto al del resto de los trabajadores para no adherir a la medida gremial dispuesta por ADET, medida que como ya dijimos fue la huelga.

 

Una de las manifestaciones más importantes de la libertad sindical como derecho humano fundamental está recogida en nuestra Constitución, en el artículo 57. Es preciso decirles a los señores periodistas que utilizaron este argumento para excusarse de adherir a la medida gremial, que su argumento carece de sustento jurídico: tienen derecho a hacer huelga.

Es importante que la ciudadanía y cada trabajador de este país tenga claro que el derecho de huelga consagrado en nuestra Constitución es lo suficientemente amplio como para contemplar a todo tipo de trabajador y trabajadora: toda persona, esté o no afiliada a un sindicato, y sea cual fuere el modo en el cual vende su fuerza de trabajo, tiene derecho a ejercer la huelga. Pues la huelga es un derecho fundamental del cual no está excluido ningún trabajador de este país, sin importar el modo en el cual sea contratado.

Es importante decir además que no es solo un derecho del sindicato, sino un derecho del gremio, concepto mucho más amplio al que el de sindicato. La huelga es un derecho fundamental, irrenunciable, de cualquier persona que deba vender su fuerza de trabajo para poder vivir. Quienes no hicieron huelga (quienes no se sumaron a la huelga resuelta por ADET) o están mal informados sobre sus derechos, o simplemente se excusaron arteramente en un argumento sin sustento jurídico y bastante irracional. La huelga es un derecho de todo quien vende su fuerza de trabajo. Por ende, quien no hace huelga es porque no puede, es porque no quiere.

Finalmente, cúmplenos con decir que el retiro de la negociación colectiva por parte de la empresa, en un acto unilateral; es lisa y llanamente un acto antisindical.


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